La Ordenanza Reguladora de Circulación y Uso de Vehículos de Movilidad Personal (VMP) entra en vigor en Estepona el 8 de abril. La norma establece las condiciones de circulación, los requisitos exigibles a los usuarios y el marco sancionador aplicable por la Policía Local.
Los conductores de VMP deben tener más de 16 años y usar casco homologado en todo momento. Está prohibido el uso del móvil o auriculares durante la conducción, circular bajo los efectos del alcohol o drogas, y transportar a más de una persona. Desde el 2 de enero es además obligatorio contar con seguro de responsabilidad civil y el certificado de circulación emitido por el fabricante.
En cuanto a la circulación, los VMP solo pueden circular por la calzada o carriles bici, quedando prohibida la circulación por aceras y zonas peatonales. En los pasos de peatones, el conductor debe bajarse del vehículo para cruzar. Las maniobras deben señalizarse con el brazo cuando el vehículo no disponga de intermitentes. Los límites de velocidad son 25 km/h en calles con acera, 20 km/h en vías sin acera y 10 km/h en zonas expresamente señalizadas.
La prohibición de circular por zonas peatonales ya está señalizada mediante señalética vertical en el Paseo Marítimo y en las calles Terraza y Real. La ordenanza recomienda además el uso de calzado que sujete bien el pie y de chaleco reflectante.