La Sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo de Málaga (Secc. 2ª) estima el recurso contra la resolución de la Dirección General del Dominio Público Hidráulico de la Agencia Andaluza del Agua, por la que se aprobó el apeo y deslinde del Dominio Público Hidráulico en ambas márgenes del Río Guadalmansa, en los términos municipales de Estepona y Benahavis, anulando la misma y condenando en costas a la Administración.Un grupo de afectados acordaron unir sus esfuerzos frente a la resolución de la Dirección General del Dominio Público Hidráulico de la Agencia Andaluza del Agua, al comprobar que de acuerdo con el deslinde planificado podrían perder parte de sus propiedades en los márgenes del Río Guadalmansa. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJ) ha dictado el pasado 3 de noviembre sentencia por la que se anula el acuerdo de apeo y deslinde. Este organismo había realizado un estudio en los márgenes del río que determinaba el apeo y deslinde de diversos puntos del río, por lo que los afectados podrían haber perdido numerosas hectáreas, comprendiendo el terreno plantaciones agrícolas, viveros, hoteles y terrenos destinados a promociones inmobiliarias.El Despacho AZANCOT Y ASOCIADOS ABOGADOS es quien ha representado en el recurso contencioso administrativo los intereses de los afectados por el apeo y deslinde del río Guadalmansa, despacho de abogados que también defendió a los afectados por el apeo y deslinde del río Guadiaro hace unos años, recurso que también se estimó frente a la Administración.