En Marbella, el tipo general del IBI se mantiene en el 0,65%, dentro de una horquilla legal que con carácter general va del 0,4% al 1,2%. Ese tipo no cambia con las modificaciones aprobadas en el último Pleno, que el Ayuntamiento ha impulsado tras la Junta de Gobierno Local.
Las modificaciones afectan sobre todo al ocio y la hostelería. Los establecimientos de mayor valor catastral pasan del 1% al 0,82% en el tipo diferenciado del IBI, una rebaja que representa la mitad del incremento aplicado en un momento de especial dificultad y que se completará el próximo año con la eliminación del resto de esa subida. La medida supone que cerca de 1,1 millones de euros permanezcan en manos de los contribuyentes afectados.
En vivienda, el Ayuntamiento impulsa incentivos para la promoción de inmuebles destinados al arrendamiento con rentas limitadas. El ICIO contempla bonificaciones de entre el 75% y el 95% para determinadas promociones, siempre que se cumplan las condiciones de la ordenanza y exista acuerdo municipal. Además, el IBI de estas viviendas tiene una bonificación del 50% sin la restricción temporal de cinco años de las viviendas de protección oficial.
Otras ventajas fiscales completan el marco: bonificaciones de hasta el 50% para familias numerosas, reducciones de hasta el 50% en el IAE durante los cinco primeros años de actividad, y reducciones en la plusvalía por herencias del 95%, 50% y 20%.
El Ayuntamiento vincula estas modificaciones a su política de contención fiscal y a una presión fiscal contenida que permita garantizar los servicios públicos. Las ordenanzas sirven de base a las previsiones de ingresos de las cuentas municipales, y el presupuesto debe entrar en vigor el 1 de enero de 2027.
Noticia importada de dmarbella.com.



