Ya están en vigor las modificaciones de la Ordenanza de Vía Pública aprobadas en pleno el pasado mes de diciembre y que recoge, entre otras medidas, la obligatoriedad de diluir la orina de los perros en la calle y la posibilidad de cerramientos de terrazas con otro material que no sean toldos. Estas dos medidas se incluyen en un paquete de hasta 17 artículos modificados con el objetivo de que la norma sea más útil en la gestión diaria.
«Esta revisión añade ciertos aspectos significativos como la obligatoriedad de diluir la orina en la calle, siendo Mijas unos de los pocos municipios de toda la provincia en tener en vigor esta normativa. En nuestra ciudad hay casi 27.000 perros censados. Son numerosas las quejas que recibimos diariamente sobre esta causa que, además de ensuciar nuestras calles, provoca un daño irreparable en el mobiliario urbano. Con esta medida queremos concienciar a la ciudadanía de que la limpieza y el cuidado de nuestra ciudad es cosa de todos y todas», afirma el alcalde de Mijas, Josele González.
El incumplimiento de diluir la orina de los perros en vía pública puede acarrear sanciones para los dueños de los canes de entre 50 euros hasta los 750 euros dependiendo de la gravedad.
Por otro lado, la modificación de la ordenanza recoge la autorización de nuevos cerramientos de terrazas, siendo necesario para ello la obtención previa o simultánea de licencias de obra o declaración responsable. En Mijas existen unas 190 terrazas en espacios públicos y, según ha explicado el concejal responsable del área, Nicolás Cruz, con esta revisión se atiende así «a la demanda de los usuarios que nos solicitaban constantemente poder cerrar sus terrazas con un material distinto a los toldos. En este caso deberán ser materiales desmontables, flexibles o plegables y eminentemente transparentes. En aquellos casos que existan dudas de si cumplen o no con los requisitos, se derivará a la nueva comisión técnica integrada por miembros de Vía Pública, Policía Local, Urbanismo e Industria».
Según recoge este nuevo texto de la Ordenanza de Vía Pública, estas autorizaciones estarán sujetas al interés público y a criterios de accesibilidad, de estética y ornato, criterios urbanísticos y razones de tráfico y se estudiarán «caso a caso, de forma individualizada por solicitud», añade Cruz.
La modificación de la Ordenanza de Vía Pública del Ayuntamiento de Mijas entró en vigor el pasado 14 de abril y en ella se contempla por primera vez la definición de los tipos de instalación de elementos públicos diferenciándolos entre fijos o desmontables y la celebración de espectáculos y otros eventos en la calle.