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Luz verde a la aprobación provisional de la Modificación de Elementos del Plan Especial del Sistema General del Puerto de Málaga

La Junta de Gobierno Local ha dado luz verde a la aprobación provisional de la Modificación de Elementos del Plan Especial del Sistema General del Puerto de Málaga, en la Plataforma del Morro, así como el incremento del índice de la edificabilidad máxima de la zona ciudadano-portuaria.

Concretamente, el objeto de la modificación está referido tanto a la Plataforma del Morro de Levante -para posibilitar la implantación, en las áreas B y E del sector 2, de un hotel con categoría de 5 estrellas y con una superficie de edificación de 45.000 m2 y una altura de 35+3 plantas, que completará y potenciará los usos ciudadanos y comerciales del Muelle 1 y 2-, como al incremento del índice de la edificabilidad máxima del ámbito total del Plan Especial, que pasa una edificabilidad del 0,5 m²t/m²s establecida en el Plan Especial aprobado en el año 1995 a 0,68 m²t/m²s.

Esta modificación promovida por la Autoridad Portuaria de Málaga ha sido aprobada provisionalmente tras haber sido analizadas las 172 alegaciones registradas en el plazo de información pública, siendo estimadas total o parcialmente 16 de las 31 en las que se agruparon, ya que cabe recordar que muchas de las alegaciones presentadas son copias de otras.

Las alegaciones estimadas parcial o totalmente se han recogido en 11 grupos y están relacionadas principalmente con la justificación pública de la actuación y la edificabilidad; la mejora y complementación de documentación técnica; con la representación, hitos, referencias visuales y comparativas de la implantación de los nuevos usos; así como diversos temas de movilidad, recursos hídricos, servidumbres de navegación, etc.

Así, las diferencias de contenido entre lo aprobado inicialmente por la Junta de Gobierno el pasado 6 de marzo y lo se ha aprobado hoy, responden al requerimiento solicitado por el Consistorio a la Autoridad Portuaria para la presentación de documentación complementaria en la que se recogieran las observaciones contenidas en el informe de alegaciones.

En este sentido, el documento aprobado provisionalmente incorpora documentación e información que supone una mejora sustancial, principalmente en la justificación de contenidos, documentación gráfica y ordenanza particular, sin modificar los parámetros básicos de la ordenación (edificabilidad, altura, usos pormenorizados permitidos, etc.), es decir, modificaciones no sustanciales, que tienen un contenido principalmente aclaratorio, informativo y justificativo.

Cabe recordar que en el expediente de la Modificación del Plan Especial consta informe ambiental estratégico favorable de la Delegación de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, así como dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía.

Para la aprobación definitiva por parte del Pleno del Ayuntamiento de esta Modificación de Elementos la Autoridad Portuaria deberá contar con un pronunciamiento expreso de Puertos del Estado en el que se indiquen las observaciones y sugerencias relativas a la explotación portuaria, la señalización marítima y sus servidumbres y la autorización firme del Consejo de Ministros para el uso hotelero previsto.